Se realizó mediante la Resolución General 5505/2024 publicada en el Boletín Oficial. La misma rige a partir del 25/04/2024.
«Después de largas y arduas negociaciones con diferentes gobiernos, la AFIP nos ha dado una vez más la razón pero está vez con hechos. Se derogó el trámite del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)», expresó Alberto Príncipe, presidente de la CCA.
Se trata del régimen de información que debía presentarse al momento de realizar la transferencia de automotores y motovehículos usados radicados en el país, de los cuales sean titulares de dominio. El objetivo, según la AFIP, es simplificar los trámites administrativos y optimizar la prestación de servicios a los contribuyentes.
Cabe mencionar que los automóviles que debían declararse en la AFIP, con este certificado, eran aquellos que superaban los $ 10.919.766. El Certificado CETA era un formulario que tenían que pedir las personas (humanas y jurídicas) y las sucesiones indivisas, del país o residentes en el exterior, relacionadas con la transferencia de un auto o moto usado y que estén radicados en Argentina. El vendedor del auto era el encargado de completar el documento.